INFORMACION
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decreto. |
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16 de mayo de 1828 |
s/f |
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8 páginas en 4 fojas (34 cm. x 21.5 cm.) |
manuscrito |
buenas. |
copia del documento original. |
Decreto del estado de Coahuila y Texas, en el que se detallan algunos artículos sobre los extranjeros:
Artículo 1o. "Cuando alguien español transeúnte por algún punto del Estado y este física o moralmente impedido a continuar su marcha a juicio del Gobierno, podrá permanecer el tiempo que al mismo Gobierno pareciera conveniente". Artículo 3o. " Los españoles que habla el [...] anterior aunque pueden permanecer en el Estado el tiempo que les convenga...esta residencia no les da derecho a vecindad ni por [...] civil ni político mientras España no reconozca la independencia a la nación. |
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Coahuila [México]; España. |
MX, COAH, UIAS, AM, F Viesca García, c 1, d 12, 4 ff. |
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